A- de 2025
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Cuéllar Enríquez Chistian Felipe·Demandado ...
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Mediante Auto 568/25, la Corte resolvió el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 004 Administrativo de Buga, Valle del Cauca, y el Juzgado 002 Civil del Circuito de la misma ciudad, y concluyó que la jurisdicción ordinaria, en su especialidad civil, era la competente para conocer el asunto.
La Sala Plena fundamentó su decisión en que la demanda buscaba la nulidad de un procedimiento y un auto que tienen naturaleza judicial, no administrativa.
Por lo tanto, en virtud del trámite previsto en los artículos 132 a 138 del CGP, la Sala Plena concluyó que el conocimiento de la solicitud de nulidad procesal le corresponde a la misma autoridad judicial de conocimiento o de instancia.
Un ciudadano presentó solicitud de aclaración y/o adición del Auto 568/25, la cual es rechazada por esta Corporación por cuanto el ciudadano no era una de las partes del conflicto de jurisdicciones.
Por lo tanto, no está legitimado para interponer las solicitudes de aclaración y adición.
Al no cumplir con el requisito de legitimación, y que los requisitos para que prosperen estas solicitudes son concurrentes, no resulta pertinente analizar lo relacionado con los requisitos de oportunidad y carga argumentativa.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. RECHAZAR las solicitudes de adición y aclaración del auto 568 de 2025 presentadas por Christian Felipe Cuéllar Enríquez, por las razones expuestas en esta providencia.
- SEGUNDO. COMUNICAR la presente decisión al peticionario, con la advertencia de que contra esta decisión no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.